Historia
Las normas
contables en Panamá se remontan desde el inicio de la época republicana.
1903-1989
• En 1916 la Asamblea Nacional, con la
ayuda de la comisión codificadora, promulgó la Ley 2 por el cual se aprobaba el
Código de Comercio (CC). Este Código de Comercio incluye artículos que
describen las normas contables en Panamá, por ejemplo: indicando que el número
y la clase de registros contables, así como la forma de llevarlos, quedan al
arbitrio del comerciante, siempre y cuando se ajusten a las normas de
contabilidad generalmente aceptadas en Panamá.
• En el año 1935 se crea la Junta de
Contabilidad y se reglamenta la profesión contable en Panamá.
• En el año 1978 se crea la Junta
Técnica de Contabilidad y se reglamenta aún más la profesión de Contador
Público Autorizado.
• En 1984 se promulgó el código de ética
Profesional para los Contadores Públicos Autorizados, donde se abarcan temas
como la independencia del contador con respecto a los clientes, la integridad y
objetividad del contador, la competencia y las normas técnicas, la
responsabilidad para con los clientes, la responsabilidad hacia la profesión, las
prácticas frente al público y las sanciones al contador. También en este año
se reglamentó el registro de las asociaciones de contadores públicos
autorizados y se creó el registro de normas de contabilidad financiera de la
Junta Técnica de Contabilidad.
• En el año 1986 se crea la Comisión de
Normas de Contabilidad Financiera (Nocofin). Esta comisión está constituida por
las Asociaciones de Profesionales de la Contabilidad y emitió oficialmente las
primeras Normas de Contabilidad Financiera en Panamá.
1990-1999
• En 1992 se declara oficial la norma de
contabilidad No.2 sobre propiedades, planta y equipo. Curiosamente lleva el
número dos, sin embargo fue la primera norma oficial adoptada por la Junta
Técnica de Contabilidad.
• En 1994 se declaran oficiales las
normas de contabilidad financiera No.3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.
• En 1996 se promulga una Ley que crea
el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ahora Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos) y se la atribuye entre sus funciones establecer normas
contables a las empresas de servicios públicos de agua potable y alcantarillado
sanitario, telecomunicaciones y electricidad.
• En 1997 se modifica el Código de
Comercio y se estipula que los estados financieros serán preparados de acuerdo
a las normas y principios de Contabilidad generalmente aceptados y de aplicación
en la República de Panamá.
• En 1998 la Junta Técnica de
Contabilidad intentó adoptar las Normas Internacionales de Contabilidad (ahora
Normas Internacionales de Información Financiera) por vía de una Resolución. El
ente regulador bancario, la Superintendencia de Bancos, adopta las Normas
Internacionales de Contabilidad y los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados en los Estados Unidos de América para la presentación de los Estados
Financieros en Panamá. En este mismo año, la Dirección General de Ingresos
publicó un instructivo como base para la aplicación de reglas de presentación
de registros de contabilidad y estados financieros para todos los
contribuyentes en Panamá.
• En 1999 se crea la Ley de valores y se
autoriza el uso de normas contables que prescriba la Comisión Nacional de
Valores. En ese mismo año el Ministerio de Comercio e Industrias decreta que
las empresas financieras pueden elaborar sus estados financieros con Normas
Internacionales de Contabilidad o Principios Contables Generalmente Aceptados
en los Estados Unidos de América. La Corte Suprema de Justicia suspendió
provisionalmente en agosto, los efectos de la resolución de adopción de las
NICs emitida por la Junta Técnica de Contabilidad (JTC) del año 1998 por motivo
de una demanda de ilegalidad, donde el demandante aducía que la Ley que creó a
la JTC en 1978 no lo facultaba a expedir o adoptar reglamentos sino al Órgano
Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Comercio e Industrias.
2000-2009
• En el año 2000, la Corte Suprema de
Justicia declaró nulo por ilegal la resolución que trató de adoptar las Normas
Internacionales de Contabilidad en 1998.12 En ese mismo año, la Junta Técnica
de Contabilidad emite la resolución 3 de 30 de agosto por el cual ordenaba la
inscripción de las normas internacionales de Contabilidad en el registro de
normas de contabilidad financiera, sin embargo este acto administrativo también
fue suspendido provisionalmente en el año 2001 y posteriormente fue declarado
nulo por ilegal en junio de 2003.
• En el 2005, a través de una Ley, se
adoptan como propias y de aplicación en la República de Panamá, las Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas y que emita el Consejo
de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por su sigla en inglés),
organismo independiente establecido para promulgar normas contables de
aplicación mundial.
• En el 2006, se promulga la ley que
crea la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (antes Ente Regulador de
los Servicios Públicos) y tiene como una de sus funciones y atribuciones
establecer normas de contabilidad aplicables a los agentes regulados (empresas
de servicios públicos de agua potable y alcantarillado sanitario, telecomunicaciones,
electricidad, radio y televisión y distribución de gas natural).
• En el 2007, la Dirección General de
Ingresos ordena mediante la resolución 201-454 la preparación las declaraciones
de rentas para periodos que inician en el año 2007 sobre la base de Normas
Internacionales de Información Financiera si facturan desde $1.000.001; en el
2008 desde $501.000 y en el 2009 desde $251.000. En ese mismo año, la
Superintendencia de Bancos emite una resolución donde ratifica que las normas
prudenciales de la Superintendencia privan sobre cualquier otra norma contable,
por ejemplo NIIF.
• En el 2008, la Dirección General de
Ingresos ordena la publicación de las Normas Internacionales de Información
Financiera.
La primera
Junta de Contabilidad reconoció como Contador Público Autorizado (CPA) a
aquellos contadores (jefes de contabilidad o contadores públicos) nombrados
para la Primera Junta de Contabilidad. Esta Junta tenía responsabilidades
administrativas, como certificar a los contadores públicos autorizados y
también era el ente sancionador de infracciones específicas.
Entre las
funciones de la Junta Técnica de Contabilidad están:
• Velar por el cumplimiento de la Ley
• Vigilar el ejercicio profesional
• Procurar la expedición de leyes,
reglamentos y sus reformas
• Expedir licencias de idoneidad
profesional
• Registrar las asociaciones
profesionales
• Investigar las denuncias formuladas
contra los contadores públicos Autorizados
• Suspender temporal o indefinidamente o
cancelar las licencias de idoneidad profesional
Los
integrantes de la Junta Técnica de Contabilidad son siete (7) miembros
principales así:
• El Director General de Comercio del
Ministerio de Comercio e Industrias (presidente de la Junta)
• Dos profesores de Contabilidad,
quienes deberán ser Contadores Públicos Autorizados, uno de la Universidad de
Panamá y otro de la Universidad Santa María La Antigua
• Cuatro Contadores Públicos Autorizados
activos propuestos por las asociaciones profesionales de la Contabilidad más
representativas, debidamente registradas ante la Junta Técnica de Contabilidad.
cuan importante es entender las fuentes del conocimiento de la contabilidad; el cual se fue transmitiendo de generación en generación.
ResponderBorrarDebería de poner cuales son los diferentes origen es de la contabilidad en panama
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